Condenaron a Cristina Fernandez de Kirchner

Tras 3 años y medio de investigaciones, escuchas y declaraciones, el Tribunal Oral Federal Nro. 2 dictaminó una sentencia y condenaron a la vicepresidente Cristina Fernandez de Kirchner.

Entre la euforia y la indignación de cientos y cientos de argentinos, el TOF2 condenó a CFK a 6 años de prisión (sin reclusión) e inhabilitación para ejercer cargos en la función pública.

En principio, la fiscalía -fiscal federal Diego Luciani- acusó a la vicepresidenta de ser la cabecilla de una asosiación ilícita que suponía favorecer a un empresario -Lázaro Baez- con fuertes vinculos al matrimonio K y, en especial, al fallecido ex-presidente, Nestor Kirchner. Ademas, se le adjudicó defraudación al estado tras lo cual se solicitó 12 años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos.

Tras esto, el alegato de Luciani fue desmoronado por la defensa, a cargo del abogado Carlos Beraldi, y la condena del TOF 2 no incluyó la asociación ilícita y, por el cargo como vicepresidente son inheridos fueros y evita la efectividad de reclusión.

En el caso de la asociación ilícita, no pudo sostenerse ya que, a lo largo de tres años, no hubo testigos ni pruebas que evidenciaran que hubo una instrucción para favorecer al empresario Báez. Las peripecias del fiscal Luciani no fueron efectivas tambien por un agravante que se suma al escándalo jurídico; las supuestas pruebas y documentos fueron incluidas fuera de tiempo, en el período de alegatos, y no en el de exposición de las pruebas.

¿Cual es el escenario de Cristina Fernandez de Kirchner luego de la condena?

El escenario político del partido de CFK pone en duda su eventual candidatura, en especial, luego de las duras fricciones con el oficialismo de Alberto Fernandez. La gente llegará a tener dudas de como puede una persona condenada a inhabilitación a ejercer cargos públicos puede llegar a candidata presidencial.

Los huecos judiciales y legales varian en los poderes políticos de Argentina y es que, si bien las condenas son efectivas y sancionan al culpable, los plazos judiciales e instancias pueden conferir ciertas capacidades de defensa extraordinaria a quienes fueron condenados.

En ese sentido, para que la condena quede firme, se deben agotar todas las instancias judiciales presentes:

  • Tras la condena, se deben dar a conocer los fundamentos del fallo. Para ello, el TOF 2 demorará hasta el primer trimestre del 2023 (por la feria judicial) para dar a conocer los fundamentos.
  • Cuando los fundamentos hayan sido declarados, comienza un plazo legal para presentar apelaciones ante la Cámara de Casación Penal. Esta Cámara debe analizar el caso y tiene tres alternativas: dejar firme el fallo del Tribunal Oral, revertirlo o modificar las penas (acortando o ampliando la condena).

Esta Cámara de Casación debe ser conformada mediante sorteo para comenzar un proceso jurídico que, engorrioso, llevará ciertos meses. En tanto, si la Cámara Federal confirma el fallo, la vicepresidente aún tiene un movimiento más antes de hacer efectiva la pena:

  • En este sentido, la defensa puede presentar un recurso extraordinario de apelación ante la Corte Suprema de Justicia (el máximo tribunal del país) pero deben ser admitidos por la Corte. 

Todo este proceso -conocido en el ámbito legal y la jerga técnica de quienes profesan la abogacía- puede demorar varios años y la sentencia firme llegaría recién a finales de 2024 o, incluso, en 2025.

Otra alternativa es una amnistía donde el Congreso vota una «ley de Amnistía» a Cristina Fernandez de Kirchner como una atribución exclusiva del órgano mencionado que extingue por completo la acción penal.