En horas del mediodía, Magdalena Espósito Valenti -madre- y Abigail Páez recibieron la máxima pena dictada en su contra en el Tribunal de Santa Rosa, La Pampa.
Luego de un proceso que comenzó en noviembre del año pasado, el Tribunal de Santa Rosa condenó y dictaminó la reclusión perpetua, efectiva y sin salidas transitorias a las condenadas por el crimen del niño Lucio Dupuy.
Los jueces Alejandra Ongaro, Daniel Sáez Zamora y Andrés Olié rechazaron los planteos de inconstitucionalidad de las defensas respeto de la condena por prisión perpetua. Ambas acusadas no estuvieron presentes en la sala, al igual que, en instancias anteriores.
Espósito Valenti había sido declarada el 2 de febrero último como la autora material y penalmente responsable del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento.
Por otra parte, Páez fue declarada autora material y penalmente responsable del delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento. Además se le imputó la culpabilidad del delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado.

En tanto, la fiscal Verónica Ferraro aseguró que «representa una pena de por vida, sin posibilidad de salir en libertad».
“No tienen posibilidad de pedir la libertad condicional, por ejemplo, porque el artículo 14 del Código Penal establece que las personas condenadas por este tipo de delitos no pueden pedirla, transcurrido ningún término”.
“Hoy por hoy, nuestro Código Penal, hace una distinción. Hay delitos que son muy graves, por ejemplo el que cometieron las imputadas, por los cuales no se otorga la libertad condicional. En los demás casos son 35 años en los que se deben cumplir con todos los reglamentos carcelarios y buenas conductas para poder solicitarla”.
Comentó la fiscal Ferraro luego de concluida la sesión.
Finalmente, los jueces consideraron la accesoria del artículo 12, relacionada a la administración de los bienes, pero no tuvieron en cuenta los otros planteos de la querella, vinculados al “tiempo indeterminado” de la reclusión y al “odio de género” planteado como agravante.
Por ese motivo, el abogado Mario Aguerrido -por la querella- expresó su rechazo a la sentencia y anunció una conferencia de prensa para las 14.30 en su estudio.